Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

No deje que su empresa se vea permeada por el soborno internacional


No deje que su empresa se vea permeada por el soborno internacional
Actualizado: 3 agosto, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Tráfico de influencias
  • Solicitud y pago de “coimas”
  • Supervisión e interventoría desleal
  • Descuido en el ejercicio del servicio público

Los pagos en efectivo de gastos de entretenimiento, entrega de regalos y contribuciones políticas, son las modalidades en las que se ven expuestas las empresas colombianas cuando afrontan casos de soborno internacional. En este editorial también describimos algunos tipos de estos casos.

El pasado 30 de julio de 2018, la Supersociedades expidió la Guía práctica para entender la lucha contra el soborno internacional en Colombia, la cual contiene recomendaciones que deben adoptar las empresas colombianas para prevenir y controlar conductas ilícitas relacionadas con la corrupción empresarial.

Como publica la guía y según las investigaciones internacionales que se adelantan en el contexto de las disposiciones del “Foreign Corrupt Practices Act –FCPA–”, los sobornos están representados en su mayoría, en pagos en dinero, especie y en algunos casos, una combinación de los dos. Las siguientes son las modalidades de pagos más usuales de acuerdo con el Departamento de Justicia de los Estados Unidos:

  • Pagos en efectivo: se trata de la entrega de sumas de dinero a servidores públicos extranjeros como retribución por la comisión de una conducta relacionada con soborno internacional.
  • Pagos de gastos de entretenimiento: erogaciones que hace la empresa al servidor público extranjero por concepto de viajes o cualquier tipo de entretenimiento, los cuales no tienen relación alguna con los bienes o servicios contratados por el Estado al que pertenece tal funcionario.
  • Entrega de regalos: objetos de valor pecuniario que la persona jurídica le promete o entrega al servidor público extranjero, sin que estos se relacionen directamente con los bienes o servicios contratados por el Estado al que pertenece tal funcionario.
  • Contribuciones políticas: pagos en dinero o en especie que la compañía realiza a campañas políticas en el país extranjero, sin que guarden relación directa con los bienes o servicios contratados por el Estado al que pertenece tal funcionario.

Por su parte, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos define algunos tipos de soborno internacional, descritos en la guía de la Supersociedades de la siguiente manera:

Tráfico de influencias

Un servidor público utiliza su cargo indebidamente y presiona el direccionamiento de un proceso precontractual e incidir en la adjudicación de una licitación a favor de un proponente en particular. Así, se afectan de forma grave los principios de selección objetiva, transparencia, responsabilidad, igualdad y economía, previstos en el estatuto de contratación pública. El servidor público se beneficia del pago de comisiones y otro tipo de beneficios que recibe del proponente que fue favorecido en el proceso.

Solicitud y pago de “coimas”

“Los funcionarios involucrados estarán dispuestos a obstaculizar los procesos de auditoría que se puedan presentar para ocultar el pacto indebido que tienen las partes”

Se trata de la solicitud de comisiones y extorsión de contratistas por parte de funcionarios públicos, para ignorar los incumplimientos del contrato. En algunos casos, la solicitud implica el pago al funcionario público de comisiones periódicas o la entrega de un porcentaje de las sumas recibidas por las adiciones que se hagan al contrato. Estos pagos se justifican bajo el pretexto de ser indispensables para el cumplimiento óptimo de las obligaciones contractuales, o de que son producto de cambios imprevistos en las condiciones de ejecución del contrato, entre otras razones.

Los funcionarios involucrados estarán dispuestos a obstaculizar los procesos de auditoría que se puedan presentar para ocultar el pacto indebido que tienen las partes. Incluso, de ser necesario, compartirán parte de sus “ganancias” con los auditores que demuestren interés por participar en el “negocio”.

Supervisión e interventoría desleal

Consiste en la manipulación de la función de interventoría llevada a cabo por particulares con el interés de beneficiar a un tercero. Así, la interventoría entorpece de forma indebida la ejecución de un contrato. Para ello, hace solicitudes frecuentes e innecesarias o emite conceptos técnicos equivocados, entre otras prácticas, para presionar el incumplimiento por parte del contratista.

Descuido en el ejercicio del servicio público

Esta modalidad se presenta porque no existe una debida diligencia en la gestión de cobro a empresas particulares por parte de una entidad pública. En efecto, los funcionarios hacen caso omiso de sus obligaciones de recaudo, de manera negligente, lo que genera un incremento injustificado en la cartera adeudada a la entidad. Con esta omisión se desconoce el mandato de salvaguardia de los recursos públicos y el interés general.

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