Brevemente resolvamos la siguiente inquietud. El revisor fiscal, ¿puede ser asesor en la creación del presupuesto de una P.H., pero no puede ser juez y parte?
No es de la naturaleza del revisor fiscal que ayude en la conformación del presupuesto. Quien hace el proyecto de borrador del presupuesto en el año es el administrador junto con los miembros del consejo de administración si lo hay.
Ellos son los encargados de hacer el borrador. “Consideramos que en enero hay que gastar tanta cantidad de dinero”, “En junio vamos a pintar el edificio”, “Hay que hacer mantenimiento de los ascensores”, “La prima de los trabajadores”, etc.
Cuando haya asamblea de propietarios son ellos los que deciden si acogen el proyecto de presupuesto o en su defecto lo modifican, o le pueden decir al administrador que lo modifique antes de ser aprobado por el máximo órgano social.
Hasta aquí el revisor fiscal no tiene nada que ver. El revisor entra a actuar cuando la administración, en cabeza del administrador y de los miembros del consejo de administración, empiezan a ejecutar el presupuesto aprobado.
El revisor fiscal tiene como función velar porque se cumplan las disposiciones de la ley y los estatutos, y las decisiones del máximo órganos social a quien representa.
Entonces no es normal que el revisor fiscal participe en la elaboración del proyecto. ¿Lo puede hacer? Sí. Consideramos que eso no le va a quitar independencia al momento de hacer sus informes diciendo si se está cumpliendo o no el presupuesto aprobado.