Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

No habrá sanciones por no pagar oportunamente la administración


Actualizado: 4 mayo, 2020 (hace 4 años)

El Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal -Idpac- otorgó las nuevas medidas para propiedades horizontales y contratos de arrendamiento basándose en el Decreto Ley 579 de 2020.

Frente a la propiedad horizontal, se determinó que los administradores podrán disponer recursos del fondo de imprevistos para mantener los contratos del personal empleado en aseo, vigilancia y jardinería.

El administrador debe rendir informe de estos gastos ante la asamblea de propietarios. Las copropiedades de uso comercial o mixto podrán contratar servicios de sanidad para prevenir contagios dentro de sus edificios o conjuntos residenciales.

Adicionalmente, no habrá penalidades o sanciones por no pagar oportunamente el servicio de administración.

En cuanto a las asambleas generales de copropietarios, estas tendrán que hacerse virtualmente. Si alguno de los copropietarios no puede asistir no podrá ser multado.

En materia de arrendamiento, las autoridades suspendieron todas las acciones de desalojo, y el ajuste del canon se tendrá que aplazar. El pago tendrá que ser de común acuerdo entre arrendador y arrendatario. Otro anuncio clave es que la prórroga de contratos tendrá que ser extendida hasta el próximo 30 de junio.

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