Los contribuyentes, agentes de retención, responsables, declarantes y usuarios aduaneros, pueden pagar sus obligaciones por canales electrónicos ofrecidos por los bancos. Aproveche los servicios informáticos electrónicos del Muisca para agilizar la presentación de la declaración del Impuesto de Renta por el Año Gravable 2008. Eso sí, tenga cuidado ya que el diligenciar datos de forma erronea le traería problemas.
Carmen Teresa Ortiz, Directora de Impuestos de la Dian, afirma que el primer paso que se debe tener en cuenta es actualizar el RUT.
«Dado este paso, se inicia entonces la Declaración de Renta. Hay que tener cuidado con los errores desde el nombre y la identificación del mismo contribuyente; escríbalos tal como aparecen en el RUT. Hay renglones en el diligenciamiento en los cuales hay que tener mucho cuidado.
Es frecuente que los contribuyentes eleven su nivel de costos y gastos con el fin de disminuir su tributación y esto debe estar debidamente soportado con una factura o el documento equivalente, la consecuencia a lo anterior es que la Dian lo rechace.
Las rentas exentas, en general, existen para los trabajadores de un 25% y deben estar certificadas. Para los independientes por regla general no existen extensiones. Finalmente, el patrimonio es un factor que hay que declarar muy bien y hay que incluir los pasivos».
Quienes no presenten oportunamente la Declaración de Renta serán sancionados por cada mes de retardo con el 5% del impuesto a cargo. De igual manera, tendrán que liquidar los intereses causados hasta el día de la presentación de la declaración.
Ortiz dice que se debe tener mucho cuidado al momento de diligenciar los datos.
«Tenga en cuenta que las diferencias las tiene que corregir el contribuyente y eso origina una multa de 10% de la diferencia. Por eso, se aconseja revisarlo varias veces. En los contenidos de la declaración, por equivocarse, como cuando se incluyen datos que no son, las saciones son por inexactitud, y esta puede ser desde el 20% hasta el 160%».
Otra sanción consiste en el diligenciamiento de la declaración de renta del obligado y la liquidación del valor del impuesto a cargo, más una sanción del 20% de los ingresos brutos. Finalmente, la Dian también iniciará el cobro persuasivo, por medio de una comunicación, en la cual se informa al contribuyente que es responsable de presentar la declaración y le hace la invitación para que de manera voluntaria presente su declaración correspondiente.
Así como comienza una época de recaudo de ingresos tributarios, plata es lo que va a llegar a las arcas del Gobierno. Sin embargo, a la larga no se recibirá la suma que se tiene en mente y hay dos puntos que se deben tener en cuenta: