Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

No todos los ingresos de las empresas de transporte son ingresos para terceros


No todos los ingresos de las empresas de transporte son ingresos para terceros
Actualizado: 26 junio, 2019 (hace 5 años)

Algunas empresas que prestan servicios de transporte terrestre contabilizan como un ingreso recibido para terceros el pago que le realizan a los propietarios de los vehículos por cada una de las operaciones que ejecutan. Esta práctica es adecuada, siempre que se cumpla con una condición.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: ¿Cómo se reconocen los ingresos obtenidos por una empresa que presta servicio de transporte, pero que a su vez subcontrata con terceros para desarrollar su actividad económica?

Para resolver esta pregunta iniciamos mencionando que las entidades que se dedican a la prestación de servicios de transporte suelen acordar con los dueños de los vehículos dividirse el costo de cada viaje según las tarifas que negocien.

El artículo 102-2 del Estatuto Tributario señala que en lo que respecta a la liquidación de impuestos nacionales y territoriales, cuando una entidad presta el servicio de transporte terrestre automotor a través de vehículos que sean propiedad de terceros debe registrar la parte del ingreso que le corresponda al propietario del vehículo como un ingreso recibido para terceros, y como un ingreso propio el valor restante.

Ahora bien, contablemente se debe ser cuidadoso respecto al manejo que se haga de figura, debido a que solo podría considerarse un ingreso recibido para terceros si existiera un acuerdo previo (contrato) entre el dueño del vehículo y la empresa de transporte que señale la parte del ingreso que le corresponde cada uno.

Si por el contrario la entidad busca los clientes a título propio, y después contrata el conductor del vehículo para cada viaje, ya no se estará ante esta figura y, por tanto, le corresponderá a la entidad reconocer la totalidad del ingreso. En este caso, el monto que la entidad le pague al conductor del camión se reconocerá como parte del costo del servicio prestado.

Para ampliar esta información consulte nuestro análisis ¿Cómo identificar los ingresos para terceros bajo Estándares Internacionales?

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