Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Nombre comercial, enseña comercial, razón social y marca


Actualizado: 7 septiembre, 2015 (hace 9 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué es el nombre comercial?
  • ¿Qué es una enseña comercial?
  • ¿Cuál es la definición de marca?
  • ¿Qué es la razón social?
  • ¿Qué es una acción por infracción?

El nombre comercial, enseña comercial, razón social y marca son bienes inmateriales sobre los cuales se pueden constituir derechos de exclusividad, que se encuentran protegidos por el régimen de propiedad industrial. Para ejercer la protección del nombre comercial y la enseña comercial es necesario que estas sean objeto de registro previo.

¿Qué es el nombre comercial?

La Comisión de la Comunidad Andina define el nombre comercial como todo signo que identifique una actividad económica, una empresa o un establecimiento mercantil. Las empresas o establecimientos mercantiles podrán tener uno o varios nombres comerciales. En todo caso, los nombres comerciales son independientes de las denominaciones o razones sociales de las personas jurídicas.

¿Qué es una enseña comercial?

El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina diferencia la enseña comercial del nombre comercial, argumentando que la enseña comercial es el signo distintivo que se utiliza para identificar únicamente un establecimiento mercantil, mientras el nombre comercial, identifica la actividad comercial de un empresario determinado. Se diferencia la figura del nombre comercial de la de rótulo o enseña comercial.

¿Cuál es la definición de marca?

Se considera marca cualquier signo que sea apto para distinguir productos o servicios en el mercado. Todo signo susceptible de representación gráfica se podrá registrar como marca, sin importar el producto o servicio.

Las marcas podrán ser constituidas por:

  • Palabras o combinación de palabras.
  • Imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos, monogramas, retratos, etiquetas, emblemas, escudos;
  • Sonidos y olores,
  • Letras y números,
  • Un color delimitado por una forma o combinación de colores,
  • Forma de productos, envases o envolturas,
  • Cualquier combinación de signos o medios indicados en los apartados anteriores.

¿Qué es la razón social?

La razón social es la unión del nombre completo o solo apellido de alguno o algunos de los socios, con la expresiones, “y compañía”, “hermanos”, “e hijos” u otras analogías. En todo caso, el nombre de un extraño no se puede incluir en la razón social.

Las cámaras de comercio se abstendrán de matricular a un comerciante o establecimiento de comercio con el mismo nombre de otro ya inscrito, mientras este no sea cancelado por orden de autoridad competente o a solicitud de quien haya obtenido la matrícula.

¿Qué es una acción por infracción?

La acción por infracción permite a los titulares de signos distintos, solicitar el cese del uso de otro signo distintivo que atente contra el suyo, sea por homonimia o similitud de contenidos; también permite requerir una indemnización por perjuicios causados. La jurisdicción ordinaria es el ente facultado para ejercer funciones judiciales en procesos de infracción de derechos de propiedad industrial; no obstante, por prevención la Superintendencia de Industria y Comercio puede conocer los mismos.

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