Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Norma sobre la cual se deben tomar las utilidades de una entidad para proyectos de asociación


Actualizado: 26 julio, 2017 (hace 7 años)

Si al 31 de diciembre de 2015 una entidad tiene dos utilidades diferentes, es decir, una bajo norma local y otra bajo norma internacional, en ese caso, ¿qué utilidad se debe tomar para efectos de aprobación en la asamblea general para proyectos de la asociación, teniendo en cuenta que el ESFA se elaboró al 1 de enero de 2015?

Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, aclara que si se trata de una entidad que aplicó la norma para Pymes la cual  realizó su balance de apertura al 01 de enero de 2015 y presenta información de estados financieros bajo dos normatividades distintitas debe proceder de la siguiente manera para realizar el proceso de repartición de utilidades.

En ese sentido si la entidad tiene unos estados financieros bajo norma local y bajo norma internacional, al finalizar su período de transición y desea realizar el proceso de repartición de utilidades deberá tomar la información que se encuentra certificada en los estados financieros, es decir,  los estados oficiales que fueron elaborados con corte  al 31 de diciembre de 2015, que en este caso son los realizados conforme a la norma local.

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