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Formulario 445 para normalización tributaria 2026: activos omitidos y pasivos inexistentes


Formulario 445 para normalización tributaria 2026: activos omitidos y pasivos inexistentes

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Cómo funciona la normalización tributaria 2026 con el formulario 445?
  • Los contribuyentes más beneficiados con la normalización tributaria 2026

Actualizado: 20 mayo, 2026 (hace 3 meses)

La normalización tributaria 2026 para activos omitidos permite regularizar el patrimonio fiscal mediante el formulario 445. Este mecanismo también aplica para pasivos inexistentes y debe declararse a más tardar el 31 de julio de 2026. ¿Cómo funciona la normalización tributaria 2026 con el formulario 445? A través de su Resolución 000013 de mayo 7 de 2026, la Dian prescribió el nuevo formulario 445 para la liquidación voluntaria del impuesto complementario de normalización tributaria 2026 a la que se refieren los artículos 7 a 14 del Decreto Legislativo 240 de marzo 12 de 2026, el cual fue expedido al amparo de la segunda declaratoria de emergencia económica que hizo el Gobierno nacional mediante el Decreto 150 de febrero 11 de 2026, motivado por las emergencias climáticas en el norte del país. Al respecto, es necesario destacar que en los artículos 7 a 14 del Decreto Legislativo 240 de marzo 12 de 2026 se volvieron a incluir las mismas medidas que también habían sido incluidas en los artículos 24 a 31 del Decreto Legislativo 1474 de diciembre 29 de 2025 (expedido al amparo de la primera emergencia económica que también hizo el Gobierno nacional mediante el Decreto 1390 de diciembre 22 de 2025). Estas no se pudieron aplicar en la práctica, pues la Corte Constitucional declaró inexequibles en abril de 2026 todas las medidas relacionadas con la primera declaratoria de emergencia económica. Por consiguiente, debido a que la Corte Constitucional aún no se ha pronunciado sobre la constitucionalidad de las normas que regulan la segunda declaratoria de emergencia económica, los contribuyentes del impuesto de renta o del régimen simple (sin importar si se trata de personas jurídicas o de personas naturales y/o sucesiones ilíquidas) que hasta el 1 de abril de 2026 habían estado ocultando activos o incluyendo pasivos ficticios en sus declaraciones de renta o del régimen simple, podrán normalizar su patrimonio fiscal aplicando las siguientes reglas básicas: Presentar virtualmente, a más tardar el 31 de julio de 2026, el formulario 445 que prescribió la Dian con su Resolución 000013 de mayo 7 de 2026, informando en el mismo el monto de los activos omitidos y/o pasivos ficticios que desee normalizar (ver los renglones 26 a 29 del formulario 445 prescrito por la Dian). Al respecto, si se examina el listado con los códigos de “responsabilidades tributarias” que la Dian exige mantener informados en la casilla 53 de la primera página del RUT de los contribuyentes, se comprueba que la Dian no le ha diseñado ningún código de responsabilidad a los contribuyentes que deseen liquidar el impuesto complementario de normalización tributaria. De acuerdo con el artículo 13 del Decreto Legislativo 240 de marzo 12 de 2026, en el renglón 30 del mismo formulario 445 también se podrá efectuar un “saneamiento de activos”. Es decir, se podrá informar el mayor valor fiscal que se desee agregar a los activos diferentes de inventarios los cuales se hayan venido declarando por valores inferiores a los del mercado. Al valor total informado entre los renglones…

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