Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Notificación de prórroga de contrato a término fijo


Actualizado: 27 marzo, 2017 (hace 7 años)

Cuando una persona tiene un contrato a término fijo de un año y es notificado, un día antes a la terminación de su contrato, que este no será prorrogado ¿es legal dicho procedimiento?

La Dra. Natalia Jaimes indica que para el caso en mención no es legal el procedimiento porque el empleador tiene la obligación de notificar de manera oportuna la no prórroga del contrato. Recordemos lo que establece el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo, esto es:

 

“Contrato a término fijo. Subrogado por el art. 3, Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente: El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente.

 

  1. Si antes de la fecha del vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente.”
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