[Especial] Nueva retención en la fuente para empleados comenzó a regir desde el 1° de abril


Los agentes de retención, tanto personas naturales como jurídicas que cancelen salarios u honorarios y servicios a las personas que se presenten como empleados, en los términos del art. 329 del E.T., ya deben calcular la retención mínima del art. 384 del E.T.

Recordemos que cuando se realicen pagos gravables a personas naturales calificadas como empleados, su retención será practicada por todo agente de retención con la tabla del art. 383 del E.T., la cual antes era solo para pagos laborales.

A estos empleados, cuando sean declarantes de renta, a partir del 1° de abril se les calculará una retención mínima contenida en el nuevo art. 384 del E.T.

Según el Decreto 099 de enero 25 de 2013 la tabla de retención se aplica a los pagos de la relación laboral o legal y reglamentaria y a los pagos o causaciones de honorarios o servicios. La retención con la tabla del art. 383 se tendrá que estar comparando, desde el 1° de abril con la retención que se obtenga con la nueva tabla de retención mínima del art. 384.

Normatividad

Artículo 3, Decreto 0099 de 25-01-2013 – Retención en la fuente asalariados

Nueva tabla de retención en la fuente

Tomada de La República / Fuente DIAN (Click en la imagen para ampliarla)

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Conferencia

Cambios en retención a título de renta

 

Actualidad

Cálculo de retención mínima a empleados, su obligación comienza el 1° de abril de 2013

Así lo dispuso el nuevo art. 384 del E.T. creado con el art. 14 de la Ley 1607 de diciembre 26 de 2012. Esta retención mínima solo se debe calcular para los empleados que sí sean declarantes de renta por el año gravable anterior, en este caso, por el 2012, y que lo sean solo por haber superado ingresos totales de 4.073 UVT.

Decreto 099 de enero 25 de 2013 permite aplicar tabla de retención a pagos de cualquier empleado

Los beneficiados de ser considerados como empleados y a quienes se les aplicará mensualmente las tarifas del art.383, tienen que ser personas naturales residentes. Tenga cuidado con la clasificación de residente y no residente.

[ORO] Gobierno reglamentó retención por salarios y por servicios a empleados de la Ley 1607

El Decreto 099 de enero 25 de 2013 estableció que la tabla del art.383 del E.T. se aplicará tanto a pagos laborales como a pagos o causaciones por prestación de servicios. Los primeros seguirán teniendo una depuración especial diferente a la que se realizará a los pagos o causaciones por servicios. Lo único que compartirán serán las tarifas de la tabla del art. 383.

¿Cuáles personas naturales se convertirán en declarantes de renta por el año gravable 2012?

Por el año gravable 2012 son seis los requisitos que se deberán cumplir en su totalidad para quedar exonerados de presentar declaración de renta. Pero con la reforma tributaria se modificaron los topes de ingresos brutos que obligan a declarar a los asalariados y a los trabajadores independientes. Estas modificaciones sí tendrían aplicación para el mismo año gravable 2012.

Modelos y Formatos

[Tabla] Comparativo retención por salarios y servicios a empleados, Ley 1607

En esta herramienta se presentan, de forma comparativa, análisis y ejercicios prácticos para resolver dudas en relación con la retención básica del art. 383 y la retención mínima del art. 384, que todos los agentes de retención deberán realizar durante 2013 a cualquier persona natural que califique como empleado, en los términos del artículo 329 del E.T.

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