Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
La Dian diseñó el nuevo código 47 que deberán utilizar las personas que se acojan voluntariamente al nuevo régimen simple, así como también los códigos 48, 49 y 50 que se emplearán en el régimen de responsabilidad del IVA o en el impuesto nacional al consumo, según sea el caso.