Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Número de formatos para reportar la información exógena de 2020


Actualizado: 3 noviembre, 2020 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿La cantidad de formatos por presentar en la información exógena del año gravable 2020 aumentó o disminuyó en relación con los presentados en el año inmediatamente anterior? ¿Qué normativa regula dicho aspecto?

Pregunta resuelta 22 de octubre de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, analiza si para el año gravable 2020 se debe presentar la misma cantidad de formatos de exógena exigidos en el año gravable 2019.

Es importante destacar que la información exógena de 2019 se encuentra regulada, principalmente, por la Resolución 011004 de octubre de 2018, y la información de 2020 fue solicitada con la Resolución 000070 de 2019.

No presentar esta obligación fiscal ante la Dian acarrea el pago de la sanción establecida en el artículo 651 del Estatuto Tributario –ET–, a la que le aplica la reducción de que trata el artículo 640 del ET.

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