Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligación de cobrar el IVA por contribuyentes inscritos en el régimen simple de tributación


Actualizado: 3 noviembre, 2020 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

Si una persona natural, dueña de una peluquería, e inscrita en el régimen simple, también empieza a realizar ventas de mercancías como ropa y calzado, en ese caso ¿queda obligada a cobrar el IVA?

Pregunta resuelta 22 de octubre de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios aclara dudas respecto a la obligación de realizar el cobro del IVA por aquellos contribuyentes que optaron por inscribirse ante la Dian en el nuevo régimen simple de tributación, quienes, a su vez, deben figurar en el RUT con la responsabilidad 47.

Para ampliar conocimientos sobre el correcto funcionamiento del régimen simple de tributación es preciso hacer la lectura de lo previsto en los artículos 903 al 916 del Estatuto Tributario, en conjunto con su más reciente reglamentación, es decir, el Decreto 1091 de 2020.

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