Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligación de cobrar la retención en la fuente por persona natural


Actualizado: 3 noviembre, 2020 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Una persona natural que no es comerciante, y que no tiene patrimonios o ingresos elevados, debe practicar retención sobre rentas de trabajo a sus asalariados o a quienes les presten servicios?

Pregunta resuelta 22 de octubre de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, aclara dudas respecto a la obligación de efectuar el cobro de la retención en la fuente por parte de una persona natural cuando realiza pagos por concepto de rentas de trabajo.

Recordemos que la retención en la fuente debe ser aplicada de acuerdo con el concepto de pago, y presentada ante la Dian con periodicidad mensual mediante el diligenciamiento del formulario 350, incluso sin pago, siguiendo cada una de las instrucciones mencionadas en el artículo 580-1 del Estatuto Tributario –ET–.

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