Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligación de devolver la dotación empresarial 


Actualizado: 20 mayo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta 

¿Es legal que una empresa estipule dentro del contrato de trabajo que una vez finalizada la relación laboral el trabajador tiene la obligación de devolver la dotación suministrada? 

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral señala que las personas vinculadas mediante un contrato de trabajo, y que no devengan más de dos salarios mínimos, tienen derecho a recibir el pago de la dotación empresarial, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 230 del código Sustantivo del Trabajo, obligación que debe ser cancelada cada trimestre, incluso a los empleados que lleven tres meses laborando.

Recordemos que este beneficio laboral corresponde a una prestación social, razón por la cual no es correcto que la empresa exija su respectiva devolución cuando la relación contractual se extingue.

Para leer más sobre este tema, consulte nuestro análisis: Dotación solo puede ser entregada en especie, salvo que el pago en dinero sea por orden de un juez

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