Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligación de firmar la declaración anual de activos en el exterior


Actualizado: 11 junio, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿La declaración anual de activos en el exterior debe presentarse firmada? 

Pregunta resuelta el 6 de Junio de 2019

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios aclara que desde el año gravable 2015 nació para ciertos contribuyentes la obligación tributaria de presentar la declaración anual de activos en el exterior en el formulario 160, en los términos de lo establecido en el artículo 607 del Estatuto Tributario, la cual debe ser presentada atendiendo los mismos plazos establecidos para declarar renta como persona natural, es decir, entre el 6 de agosto y el 17 de octubre de 2019.

Por otra parte, es de vital importancia que la declaración en mención sea presentada virtualmente. Al respecto, cabe resaltar que no se requiere la firma de un contador o un revisor fiscal.

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