Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligación de rendición de cuentas para congresistas, ¿será viable con la consulta anticorrupción?


Obligación de rendición de cuentas para congresistas, ¿será viable con la consulta anticorrupción?
Actualizado: 5 julio, 2018 (hace 6 años)

La consulta anticorrupción busca que los congresistas y miembros de asambleas departamentales, concejos municipales y juntas de administración local, estén en la obligación de rendir cuentas a la ciudadanía de las acciones relacionadas con las obligaciones y responsabilidades congresionales.

La consulta anticorrupción se realizará el domingo 26 de agosto, y se aprobaría con 12 millones de votos; al respecto, ya hemos compartido el punto de vista que tiene el Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción –IIEA–, a través de su investigación Consideraciones sobre la consulta anticorrupción, sobre la posibilidad de reducir el salario de los congresistas de 40 a 25 smmlv, así como la viabilidad de que los condenados por corrupción cumplan la totalidad de sus penas en la cárcel.

Continuamos con el análisis de otra de las preguntas que responderán los colombianos:

¿Aprueba usted obligar a congresistas y demás corporados a rendir cuentas anualmente sobre su asistencia, iniciativas presentadas, votaciones, debates, gestión de intereses particulares o de lobistas, proyectos, partidas e inversiones públicas que haya gestionado y cargos públicos para los cuales hayan presentado candidatos?

Esta medida hace referencia a la obligación de los congresistas y miembros de corporaciones populares de rendir cuentas sobre los siguientes aspectos:

  • Asistencia.
  • Iniciativas presentadas.
  • Votaciones.
  • Debates.
  • Gestión de intereses particulares o de lobistas.
  • Proyectos.
  • Partidas e inversiones públicas gestionadas.
  • Cargos públicos a los cuales hayan presentado candidatos.
“los congresistas tienen la obligación de rendir cuentas a la ciudadanía, con respecto a las acciones relacionadas con las obligaciones y responsabilidades congresionales”

Desde el punto de vista del IIEA, los congresistas tienen la obligación de rendir cuentas a la ciudadanía, con respecto a las acciones relacionadas con las obligaciones y responsabilidades congresionales, por medio de un informe de gestión anual.

Hasta la fecha, no se ha establecido cuál será el nuevo modelo unificado de informes de gestión del Congreso de la República. Sin embargo, el artículo 14 de la Ley 1147 de 2007, hoy derogado, establecía que estos informes debían contener:

  • Los proyectos de los cuales fueron autores.
  • Los debates adelantados.
  • Audiencias públicas.
  • Foros.
  • Mesas de trabajo realizadas.

Así, y partiendo del hecho de que no debe existir un retroceso en términos de publicidad de la información, se entendería que, independientemente del nuevo modelo adoptado, los informes de gestión de los congresistas deberían contener, como mínimo, dicha información.

La medida, sin embargo, analiza la investigación; no se limita a consultar la necesidad de obligar a los congresistas a rendir cuentas, sino que alcanza a los miembros de asambleas departamentales, concejos municipales y juntas de administración local, debido a la inclusión de los “corporados” en la pregunta.

Rendición de cuentas e informes de gestión

Actualmente, no existe una disposición expresa que regule el contenido de los informes de gestión de dichos órganos. Sin embargo, el deber de rendición de cuentas de los mismos se encuentra reconocido a nivel normativo en el artículo 32 de la Ley 489 de 1998 (modificado por el artículo 78 de la Ley 1474 de 2011), y el artículo 11 de la Ley 1712 de 2014, donde los sujetos obligados deben publicar «todos los informes de gestión, evaluación y auditoría del sujeto obligado».

La novedad introducida por la consulta anticorrupción consiste en la ampliación y determinación del espectro de información que se debe incorporar a los informes de gestión del Congreso y demás corporaciones públicas, para visibilizarlas y posibilitar el control ciudadano.

Desde el punto de vista de la IIEA, la pregunta va dirigida a que las inversiones regionales que gestionan los congresistas se hagan de forma transparente. De esta manera, un aspecto que merece ser destacado consiste en el deber del Congreso y de los miembros de las corporaciones públicas de informar las inversiones gestionadas y a quiénes han postulado para ocupar un cargo público.

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