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El Artículo 7 del Estatuto Tributario establece quiénes son contribuyentes del impuesto sobre la renta, incluyendo no solo a las personas naturales, sino también a las sucesiones ilíquidas.
Esto significa que las obligaciones tributarias no desaparecen con el fallecimiento de una persona. Por el contrario, mientras no se haya realizado la liquidación formal de la herencia, la sucesión ilíquida asume la responsabilidad fiscal ante la DIAN.
En términos prácticos, la sucesión ilíquida debe cumplir con deberes como declarar renta, reportar ingresos, patrimonio y demás obligaciones que correspondan, como si se tratara del mismo contribuyente, pero bajo una nueva figura jurídica.
Este punto es clave, especialmente para las familias y administradores de bienes, ya que desconocer esta obligación puede generar sanciones, intereses y contingencias fiscales.
Entender esta transición no es solo un tema legal, sino una herramienta para tomar decisiones informadas y evitar riesgos innecesarios.