Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligados a afiliarse al SGRL (Sistema de gestión de riesgos laborales)


Actualizado: 1 mayo, 2017 (hace 7 años)

¿Quiénes están obligados a afiliarse al SGRL?

La Dra. Natalia Jaimes aclara que todo empleado vinculado a una empresa mediante contrato de trabajo, incluso un trabajador independiente, debe de estar afiliado al sistema de riesgos laborales para cubrir las contingencias que puedan ocurrir en el desarrollo de sus actividades.

Adicionalmente deben estar afiladas las siguientes personas:

  • Los servidores públicos (incluye a los concejales, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 1551 de 2012)
  • Los vinculados con contrato de prestación de servicios, con una duración superior a un mes.
  • Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución o cuyo entrenamiento o actividad formativa sea requisito para la culminación de sus estudios (Decreto 055 de 2015).
  • Los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo.
  • Los miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifiquen fuente de ingreso para la institución. 
  • Los afiliados a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado. 
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