Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Oficio 016543 de 19-02-2008


Actualizado: 19 febrero, 2008 (hace 16 años)

Dian

Oficio 016543

19-02-2008

Señor
Capitán de Navío
GERARDO LOPEZ ACEVEDO
Administrador Local de Impuestos y Aduanas
Carrera 5 No. 17-04 Piso 2
Santa Marta (Magdalena)

Tema: Procedimiento Tributario

Descriptores: Dación en pago

Fuentes Formales: Artículos 840 del E.T. Numeral 1 del Artículo 4 Decreto 4815 de 2007

Cordial saludo Sr Capitán López Acevedo

De conformidad con los artículos 11 del Decreto 1265 de 1999 y 10 de la Resolución 1618 de 2006, es función de esta división absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional.

Consulta si es procedente aceptar en dación en pago bienes objeto de extinción de dominio para extinguir obligaciones por concepto de impuestos, anticipos, retenciones, sanciones, actualizaciones e intereses a cargo de la Nación Unidad Administrativa Especial DIAN, tema para el cual el gobierno nacional en uso de la facultad reglamentaria consagrada en el artículo 189 de nuestra Constitución Política, expidió el Decreto 4815 de diciembre 14 de 2007 y en el artículo 4 precisó las condiciones para la aceptación de bienes en dación en pago.

El mencionado Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, la cual tuvo lugar en el diario oficial No. 46.842 el día catorce (14) de diciembre de 2007 y deroga los decretos 1915 de 2003, 961 de 2006 y el inciso 2 del artículo 12 del Decreto 881 de 2007.

Por último le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiarla expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el ícono de «Normatividad» – «Técnica»- dando click en el link «Doctrina Oficina Jurídica».

Cordialmente,

ISABEL CRISTINA GARCES SANCHEZ
Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria
Oficina Jurídica

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