Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Oficio 050378 de 20-05-2008


Actualizado: 20 mayo, 2008 (hace 16 años)

Oficio 050378
20-05-2008
DIAN

Tema: Timbre
Descriptor: Causación del impuesto en contratos de cuantía indeterminada.

***

Doctor
PEDRO ENRIQUE SARMIENTO PEREZ
Deloitte Asesores y Consultores Ltda.
Carrera 7 No. 74-09 piso 5
Bogotá

Ref: Oficio remisorio de concepto, Radicado No. 037936 del 17 de abril de 2008-06-24

Cordial saludo, Doctor Sarmiento:

Dando alcance al oficio de la referencia, con el cual frente a consulta efectuada por Ustedes sobre Impuesto de Timbre Nacional, esta División en cumplimiento de lo previsto en la Orden Administrativa No. 0009 de 2001, remitió el concepto No. 004314 de 1999, me permito manifestarle que sobre el tema allí expuesto es pertinente tener en cuenta lo dispuesto en la Sentencia del Consejo de Estado SEC4-Expediente 2000 N9822 del 14 de julio de 2000 que declaró la nulidad del concepto 046362 del 14 de mayo de 1.999, así como los pronunciamientos que atendiendo dicho fallo profirió la Oficina Jurídica de esta Entidad, entre las cuales se encuentra el oficio No. 048188 de 2005, del cual le remito la correspondiente fotocopia.

Atentamente,

YOLANDA GRANADOS PICON
Jefe División de relatoría
Oficina Jurídica

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