Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Omisión de datos del dependiente en formulario 210 no genera consecuencias para el contribuyente


Omisión de datos del dependiente en formulario 210 no genera consecuencias para el contribuyente
Actualizado: 22 agosto, 2018 (hace 6 años)

Solo las personas naturales residentes que utilicen la cédula de rentas de trabajo pueden aplicar la deducción por dependientes. Sin embargo, aun cuando se use dicha deducción, no es obligatorio diligenciar los renglones 107 y 108 del formulario 210 pues estos son simplemente informativos.

Todos los formularios 210 que se han expedido para elaborar las declaraciones de renta de personas naturales de los años gravables 2013 en adelante, han incluido en la parte final unas casillas para que dichos contribuyentes puedan informar, si lo desean, los datos de cualquiera de las personas a que se refiere el parágrafo 2 del artículo 387 del ET (hijos menores de edad, cónyuge, padres, etc.) y con las cuales el contribuyente adquiere el derecho a restarse la deducción especial por concepto de dependientes.

En el caso del formulario 210 para las declaraciones de renta del año gravable 2017 por el sistema cedular, dichos renglones informativos corresponden a los renglones 107 y 108 como puede verse en la siguiente captura de pantalla:

Omisión de datos del dependiente en formulario 210 no genera consecuencias para el contribuyente

En vista de lo anterior, surge el interrogante: ¿es obligatorio diligenciar los renglones 107 y 108 del formulario 210 cuando el contribuyente aplicó la deducción por dependientes? ¿existiría algún inconveniente por haber usado la deducción y no haber diligenciado dichos renglones?

Renglones 107 y 108 son informativos

El artículo 1.2.1.20.4 del DUT 1625 de 2016, luego de ser modificado con el artículo 6 del Decreto 2250 de diciembre 29 de 2017, establece que la deducción por dependientes del artículo 387 del ET solo puede ser utilizada dentro de la cédula de rentas de trabajo.

Sin embargo, no existe ninguna norma superior contenida en el Estatuto Tributario o en los decretos reglamentarios que exijan que cuando el contribuyente utilice la mencionada deducción quede entonces obligado a revelar los datos de alguno de los parientes por los cuales obtuvo el derecho a utilizar la mencionada deducción.

“podría decidir dejar en blanco los renglones 107 y 108 sin que se vaya a producir ningún tipo de consecuencia tributaria para el contribuyente”

Por tanto, teniendo en cuenta que los renglones 107 y 108 del formulario 210 del año gravable 2017 son simplemente informativos, el contribuyente sí podría utilizar la deducción por dependientes dentro de su cédula de rentas de trabajo (ver los renglones 35 y 36 del formulario) y aun así podría decidir dejar en blanco los renglones 107 y 108 sin que se vaya a producir ningún tipo de consecuencia tributaria para el contribuyente (Nota: para profundizar en este tema, no dejes de escuchar la conferencia en línea de 8 horas sobre declaración de renta de personas naturales año gravable 2017 grabada en junio 18 de 2018 por nuestro líder de investigación tributaria Diego Guevara).

TAMBIÉN LEE:   Sanción por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,