Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Actualización en la Reforma Tributaria 2010 – Parte 2


Ficha técnica:

  • Duración: 57:01
Actualizado: 2 mayo, 2011 (hace 13 años)

Sobre esta conferencia…

Esta conferencia fue grabada el pasado mes de febrero durante el Seminario de Actualización 2011: Reforma Tributaria, Ley de Formalización y Generación de Empleo, Impuesto al Patrimonio y otras novedades.

Esta conferencia el Seminario de Actualización 2011: Reforma Tributaria, Ley de Formalización y Generación de Empleo, Impuesto al Patrimonio y Otras Novedades.

En esta segunda parte se toca la normatividad que deben tener en cuenta los damnificados por el invierno quienes podrán restar en la renta presuntiva los bienes afectados de forma especial. De igual manera, se establece que a partir de 2014 algunos costos y gastos pagados, en efectivo, no serán deducibles de renta. También se crea el descuento del impuesto sobre la renta por sobre tasa de energía eléctrica.

Temario:

  • Aplicación en el tiempo de los cambios introducidos por las reformas
  • Se amplió la lista de Entidades No contribuyentes No declarantes
  • Se modificó la lista de Ingresos que no se consideran de Fuente Nacional, y se les fijaron nuevas  tarifas de retención
  • Se modificó la lista de Ingresos no gravados
  • En el 2011 empezará el rechazo de costos con independientes que no coticen a seguridad social
  • Desde julio de 2010 se puso limite para los pagos no constitutivos de salario
  • Se modificó la deducción del pago del impuesto del G.M.F.
  • Se permitirá deducir las cuotas de afiliación a los gremios
  • Los damnificados del invierno podrán deducir las pérdidas de sus activos fijos o movibles
  • Se elimina la deducción por inversión en activos fijos productivos
  • Los damnificados del invierno podrán restar en la Renta presuntiva los bienes afectados pero de forma especial
  • Se establece que a partir del 2014 algunos costos y gastos pagados en efectivo no serán deducibles en renta
  • Se crea el  descuento del impuesto sobre la Renta por sobre tasa de energía eléctrica
  • Se modifica  el  descuento del impuesto sobre la Renta por impuestos pagados en el exterior
  • Se crea el  descuento del impuesto sobre la Renta por generación de nuevos empleos
  • Se redujeron las sanciones de algunos procesos del Régimen de Precios de Transferencia
  • Se modificó la lista de Bienes que no se consideran poseídos en Colombia
  • Se modificó la Retención en la fuente a título de renta sobre ingresos recibidos del exterior
  • Se establece que algunos agentes de retención tendrán que usar a los bancos para practicar tales retenciones
  • Se establece retención especial a los independientes con un solo contrato de prestación de servicios
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Continuación de este tema

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