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ICA y los efectos de la nueva Reforma Tributaria: sistema de retención con tarjetas crédito y débito


Actualizado: 14 mayo, 2013 (hace 11 años)

Se mencionan los agentes de retención como las entidades emisoras de tarjetas de crédito y/o de tarjetas débito, sus asociaciones, y las entidades adquirentes o pagadoras, deberán practicar retención por el impuesto de industria y comercio a las personas naturales,  jurídicas y sociedades de hecho afiliadas que reciban pagos a través de los sistemas de pago con dichas tarjetas.

Retención con tarjeta crédito o débito

Agentes de retención. Las entidades emisoras de tarjetas de crédito y/o de tarjetas débito, sus asociaciones, y las entidades adquirentes o pagadoras, deberán practicar retención por el impuesto de industria y comercio a las personas naturales,  jurídicas y sociedades de hecho afiliadas que reciban pagos a través de los sistemas de pago con dichas tarjetas.

Sujetos de retención. Son sujetos de retención las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho afiliadas a los sistemas de tarjetas de crédito o débito que reciban pagos por venta de bienes y/o prestación de servicios gravables en Bogotá que no informen, ante el respectivo agente de retención, su calidad de exentos, excluidos o no sujetos respecto del impuesto de industria y comercio en Bogotá.

Causación de la retención. La retención deberá practicarse por parte de la entidad emisora, o el respectivo agente de retención, en el momento en que se efectúe el pago o abono en cuenta al sujeto de retención.

Determinación de la retención. El valor de la retención se calculará aplicando sobre el total del pago realizado por el usuario de la tarjeta de crédito o débito descontando impuestos y propinas, la tarifa mínima para cada año de acuerdo con la tabla de tarifas para el ICA.

Obligados a suministrar información

Por las operaciones realizadas en Bogotá: las entidades del Sistema de Seguridad Social Integral, Adm. de Fondos de Cesantías y Cajas de Compensación Familiar;  Entidades Públicas, Empresas Ind. y Com. del Estado, ESP, y Grandes Contribuyentes; Bolsas de Valores y  Comisionistas de Bolsa; entidades del sector financiero, Súper Bancaria y Sociedades, centrales de riesgo; importadores, productores y comercializadores de combustibles y los agentes de retención del ICA en Bogotá.

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