Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Conciliación como parte de la Planeación del Impuesto de Renta para Personas Jurídicas en el 2010


Ficha técnica:

  • Duración: 01:43:03
Actualizado: 21 febrero, 2011 (hace 13 años)

Sobre esta conferencia…

Cabe recordar sobre este tema, que sin la conciliación entre la utilidad contable y la renta fiscal, bien preparada, no hay seguridad jurídica frente a una visita fiscal de la DIAN, pues es el primer elemento que solicitan.

En esta conferencia, el Dr. José Hernando Zuluaga, CEO de admin.actualicese.co da una explicación del tema con ejemplos para personas jurídicas y entidades sin ánimo de lucro, conjugando las posibilidades de evitar errores, que después de cometidos y en un proceso de revisión crearán dificultades económicas a las empresas. Con el material de apoyo y las instrucciones se evitan en gran parte los errores que puedan cometerse.

Temario:

  • El control debe seguir criterios
  • Actividades administrativas previas al Cierre Contable
  • Conclusión del  Plan de Auditoría
  • Aplicar técnicamente la Ley no es eludir los impuestos
  • Visualización del entorno de los Impuestos antes de calcularlos
  • Justificación de la Conciliación
  • 1. Diferencias Permanentes
  • 2. Diferencias Temporales
  • Especialidad de las normas
  • Utilización de las Cuentas de Orden para el registro de diferencias permanentes
  • Registro contable de las diferencias temporales
  • Conceptos Básicos Fiscales
  • Los costos como deducción
  • Los gastos como deducción
  • ¿Qué se requiere para que los costos o gastos sean deducibles
  • Estado de Resultados desde el punto de vista Fiscal y Contable
  • Depuración de la Renta Líquida Fiscal (artículo 26 del ET)
  • Estado de Depuración de la Renta Líquida Fiscal (artículo 26 del ET)
  • Estado de Resultados Contable
  • Iniciación del proceso de Conciliación
  • Utilidad Antes de Impuestos
  • Más: Costos y Gastos registrados en la contabilidad que no son deducibles
  • Más: Diferencias temporales por gastos causados y registrados contablemente
  • Menos: Deducciones Fiscales que han dado lugar a liquidar Diferencias Temporales
  • Menos: Compensaciones Fiscales.
  • Más: Recuperaciones de deducciones
  • Menos: Rentas Exentas
  • Menos: Descuentos Tributarios
  • Estado de Resultados 2010
  • Impuesto de Renta liquidado con base en esta Conciliación
  • Liquidación del Impuesto de Renta
  • Liquidación de rendimientos presuntivos por préstamos a los socios 2010
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