Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma Tributaria: cambios en el Impuesto de Renta y Ganancia Ocasional, Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas


Ficha técnica:

  • Duración: 01:55:46
Actualizado: 6 febrero, 2013 (hace 11 años)

Sobre esta conferencia…

Esta grabación se realizó en la ciudad de Medellín, el día 21 de enero, durante nuestro Seminario sobre la Reforma Tributaria.

Los arts. 2 y 198 de la Ley 1607 modificaron los Arts. 9 y 10 del E.T. estableciéndose, para 2013 y siguientes, los nuevos criterios con los cuales las personas naturales y sucesiones iliquidas, sean colombianas o extranjeras, terminarán siendo clasificadas entre residentes o no residentes, y los ingresos y patrimonios que les corresponderá declarar al gobierno colombiano para efectos del impuesto de renta y el de ganancia ocasional.

En este capítulo también se explica como los  arts. 10 y 11 de la Ley agregaron al E.T. los arts. 329 a 341 para establecer lo que será el cálculo, obligatorio en unos casos y voluntario en otros, de unos nuevos referentes minimos del impuesto de renta llamados IMAN (Impuesto Minimo Alternativo Nacional) e IMAS (Impuesto Minimo Alternativo Simple).

Temario:
  • Nuevos criterios para clasificarlas entre Residentes o No residentes
  • ¿Cómo tributarán el impuesto de renta y el de ganancia ocasional?
  • ¿Qué cambios hubo en los criterios que exoneran a las PN de presentar la declaración anual?
  • ¿Qué cambios hubo en el ingreso no gravado por aportes a Fondos de Pensiones y cuentas AFC?
  • ¿Qué cambios hubo en la depuración de los salarios gravables?
  • ¿Qué es el IMAN y el IMAS?
  • Nuevos parámetros para las ganancias ocasionales por herencias

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