Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Otra mini – maxi Reforma Tributaria


Otra mini – maxi Reforma Tributaria
Actualizado: 6 octubre, 2014 (hace 10 años)

Sin sorpresa para nadie, el Gobierno Nacional acaba de radicar su propuesta de modificaciones al Estatuto Tributario Nacional o como algunos la llaman “Reforma Tributaria 2015, 2016, 2017 y 2018”.

“Propone crear el impuesto a la riqueza para no llamarlo impuesto al patrimonio, que en últimas es lo mismo”

Nos llama la atención que el Gobierno plantea mantener el gravamen a los movimientos financieros hasta el año 2018 y lo deroga a partir del año 2022.  Sin embargo, viene derogándolo desde hace 8 años y reviviendo su vigencia transitoria cada 4.

Propone crear el impuesto a la riqueza para no llamarlo impuesto al patrimonio, que en últimas es lo mismo.  Con este impuesto piensa gravar durante 2015, 2016, 2017 y 2018 a cualquiera que al primero de enero de esos años tenga una riqueza tal que al restar sus deudas a su patrimonio bruto, arroje un valor igual o superior a Mil Millones de Pesos ($1.000.000.000) y crea 4 escalas de riqueza progresivas con rangos cuya base gravable vaya de $0 a $2.000.000.000; o de más de $2.000.000.000 hasta $3.000.000.000; o de más de $3.000.000.000 hasta $5.000.000.000 y por último, bases gravables superiores a $5.000.000.000.

Advierte que cualquier sociedad que entre en liquidación a partir de la vigencia de la ley seguirá siendo sujeto pasivo del gravamen.  Igual advertencia hace acerca de las sociedades que sean objeto de escisión a partir de la vigencia de la ley, indicando que para determinar la base gravable se sumarán sus patrimonios.

“Matemáticamente hablando, estos contribuyentes pagarán el 9% de impuesto CREE más otro 3% a título de sobretasa, quedando entonces con un 12% a cargo.”

Propone crear una sobretasa para los años 2015, 2016, 2017 y 2018 equivalente a 3% al Impuesto sobre la Renta para la Equidad a cargo de cualquier contribuyente que obtenga una renta líquida gravable en el CREE igual o superior a Mil Millones de Pesos ($1.000.000.000).  Matemáticamente hablando, estos contribuyentes pagarán el 9% de impuesto CREE más otro 3% a título de sobretasa, quedando entonces con un 12% a cargo.

La tarifa del CREE es transitoria del 9% hasta el año 2.015, el proyecto propone dejarla definitiva en el 9% a partir del año 2.016.

Propone crear un impuesto complementario de normalización tributaria, el cual no es más que un nuevo saneamiento patrimonial por los años 2.015, 2.016 y 2.017 con el cual el gobierno espera que algunos contribuyentes declaren activos omitidos pagando un Impuesto adicional equivalente al 10%, 15% o 20%  según el año.

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Propone cárcel entre 4 y 9 años para quienes tengan activos omitidos o pasivos inexistentes por valor de 12.966 salarios mínimos legales vigentes, con multas del 20%.

Elimina la devolución del IVA a quienes hagan compras con tarjetas de crédito.

Propone crear una comisión que estudie la situación jurídica tributaria de las entidades con régimen tributario especial, con el fin de revisar normas que eviten su uso como herramientas de evasión o elusión fiscal.

La he llamado mini-maxi reforma tributaria ya que a pesar que su texto solo cuenta con 28 artículos, su impacto en el ingreso público se calcula en 12,5 billones de pesos con lo cual el Gobierno pretende cuadrar su caja por los próximos 4 años.

Autor:
Arles Narvaez
Abogado
Especialista en derecho tributario

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