Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago cuota impuesto a la riqueza y su complementario de normalización tributaria


Actualizado: 9 septiembre, 2015 (hace 9 años)

Entre el 8 y el 21 de septiembre vence el plazo para pagar la segunda cuota del impuesto a la riqueza y su complementario de normalización tributaria por el año 2015, para quienes ya la hayan presentado en mayo de este año.

De acuerdo con el artículo 38-1 del Decreto 2623 del 2014, entre el 8 y el 21 de septiembre se vencerá el plazo para efectuar el pago de la segunda cuota del impuesto a la riqueza y su complementario de normalización tributaria año 2015 por parte de aquellos que hayan presentado en forma obligatoria o voluntaria dicha declaración en mayo del 2015. Para el pago de cada cuota utilizan el formulario 490 y dentro de dicho formulario usan el concepto “25”.

En relación con la forma como se adquieren los formularios para el cumplimiento de todas estas obligaciones, debe recordarse que desde enero del 2014, los formularios no se venden en ningún punto de venta de los Servientrega del país y, por tanto, los que aun declaran en papel, tendrían que hacer filas en las sedes de la DIAN para obtenerlos o en lugar de eso acostumbrarse a usar el portal de la DIAN para diligenciarlos, imprimirlos en impresoras adecuadas, firmarlos manualmente y luego presentarlos en bancos.

Además, convendría que los declarantes que deben responder al mismo tiempo por varias de esas obligaciones tributarias, planificaran la elaboración, firma y presentación oportuna de las mismas (ojalá adelantándose algunos días) para no dejar las tareas justo para el último día, lo cual puede generar traumatismos en especial para los representantes legales, contadores y revisores fiscales, que deben firmarle al mismo tiempo a diferentes clientes.

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