Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de auxilio de transporte y prestaciones sociales para trabajadores de una EST


Actualizado: 16 noviembre, 2020 (hace 3 años)

Responde conferencista: Angie Vargas

¿Las personas vinculadas a través de empresas de servicios temporales tienen derecho al pago del auxilio de transporte y prestaciones sociales?

Pregunta resuelta 09 de noviembre de 2020

En este consultorio, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social, explica si las personas vinculadas a través de una empresa de servicios temporales –EST– tienen derecho al pago del auxilio de transporte y de las prestaciones sociales, como la prima de servicios y las cesantías.

Recordemos que se pierde el derecho a recibir el pago del auxilio de transporte cuando:

  1. La empresa suministra el transporte.
  2. El trabajador vive dentro o muy cerca de la empresa.
  3. Se presentan licencias remuneradas y no remuneradas.
  4. Existen incapacidades médicas.
  5. Hay suspensión del contrato de trabajo.
  6. Se perciben más de dos salarios mínimos.
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