Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de comisiones y bonificaciones como base para para liquidar las cesantías y los intereses


Actualizado: 14 agosto, 2017 (hace 7 años)

¿Los pagos por concepto de comisiones y bonificaciones forman parte de la base para liquidar las cesantías y los intereses a las cesantías?

La abogada y especialista en derecho laboral, Natalia Jaimes Lúquez, señala que, en lo tocante a los ingresos del empleado, todo lo que constituya salario, incluso todos aquellos pagos de carácter habitual, pasan a hacer parte o forman base para efectos de liquidar las prestaciones sociales, que en este caso serían las cesantías, intereses a las cesantías y la prima de servicios. En ese sentido, de tratarse de un pago recibido de forma esporádica este no deberá ser tenido en cuenta para la liquidación de las prestaciones sociales.

Así mimos, no puede dejar de recordarse que las cesantías corresponden a un mes de salario, al igual que la prima legal, por cada año de servicio.

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