Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de incapacidad generada un mes después de la terminación del contrato de trabajo


Actualizado: 4 marzo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:

¿Está obligada la EPS a pagar al empleado una incapacidad que se genera bajo la cobertura del mes siguiente a una vez finalizado el contrato de trabajo?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral aclara que cuando finaliza una relación de trabajo, el empleado dependiente o independiente tiene derecho a gozar de un mes de cobertura en salud, pero no por ello se puede pensar que la EPS se encuentra obligada a pagar algún tipo de prestación económica si durante dicho período esta persona se incapacita, dado que no se está realizando algún tipo de contribución al sistema de salud.

Lo mencionado anteriormente puede ser ratificado en el artículo 66 del Decreto 2353 de 2015.

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