¿Una persona del régimen común que vendió una casa que poseía hace más de 10 años, debe pagar IVA?
Resuelta 06 de Abril de 2017
El Dr. Diego Guevara menciona que las personas del régimen común, según lo dispuesto en el artículo 420 del Estatuto Tributario en el parágrafo 1, modificado por la Ley 1819 de 2016 mediante el artículo 173, sean personas naturales o jurídicas, en ningún momento generan IVA al momento de vender sus activos fijos.
El mencionado parágrafo menciona textualmente lo siguiente:
“PARAGRAFO 1. El impuesto no se aplicará a las ventas de activos fijos, salvo que se trate de las excepciones previstas para los bienes inmuebles de uso residencial, automotores y demás activos fijos que se vendan habitualmente a nombre y por cuenta de terceros y para los aerodinos.”