Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de la prestación de servicio mediante una donación


Actualizado: 25 mayo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

Si una entidad presta un servicio, ¿puede pactar que el pago sea efectuado mediante una donación?, ¿cuál sería el efecto tributario?

Resuelta el 17 de mayo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, aclara que si una entidad presta un servicio, este debe ser facturado con IVA si el servicio se encuentra gravado y adicionalmente debe cobrarse el ICA de acuerdo con las tarifas que corresponden a cada municipio.

En ese sentido, se precisa que pretender prestar un servicio sin cumplir con la obligación de facturarlo para suprimir el pago de los impuestos antes mencionados es una mala práctica que puede incluso configurarse como abuso en materia tributaria de acuerdo con las instrucciones establecidas en el artículo 364-5 del Estatuto Tributario

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