Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de seguridad social de trabajadores independientes a través de cooperativas


Actualizado: 4 junio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Puede un trabajador independiente afiliarse a una cooperativa para que esta se encargue de realizar mes a mes los pagos de seguridad?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, indica que por regla general los trabajadores que califican como independientes deben efectuar los aportes a seguridad social integral sobre el 40 % del valor recibido mensualmente según las instrucciones señaladas en el artículo 135 de la Ley 1753 de 2015.

Ahora bien, para efectos de liquidar los aportes en mención, se podrán utilizar la planilla asistida o la planilla electrónica teniendo en cuenta las instrucciones establecidas en el Decreto 1765 de 2017 del Ministerio de salud y protección social.

Por otro lado, se precisa que los trabajadores independientes pueden afiliarse a cooperativas para realizar el pago de la seguridad social, sin embargo es válido mencionar que no puede ser a cualquier cooperativa, sino a las que por ley se encuentran autorizadas.

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