Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de vacaciones laborales cuando abarcan meses de 31 días


Actualizado: 19 agosto, 2019 (hace 5 años)

Responde conferencista: Natalia Jaimes Lúquez

Cuando entre las vacaciones devengadas del trabajador se encuentra un día 31, ¿debo tenerlo en cuenta para efectos de su cancelación? Suponiendo que cuando el trabajador ingrese nuevamente también es un día 31, ¿debo tenerlo en consideración?

Las vacaciones laborales hacen parte del grupo de las denominadas “prestaciones sociales”, que corresponden a 15 días de descanso remunerado, siempre y cuando el trabajador haya cumplido con el año de servicio. Durante dicho período el empleador queda exonerado del pago del auxilio de transporte y de la cotización a la ARL.

Muchos lectores nos consultan, a través de los diferentes medios de interacción, acerca de cómo deben ser canceladas las vacaciones laborales cuando durante el período en que están siendo disfrutados existe un mes de 31 días, pregunta que surge porque precisamente se entiende que los pagos de acreencias laborales se llevan a cabo como si todos los meses tuviesen 30 días.

Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral enseña la forma correcta en que debe actuar el empleador en este caso, para evitar sanciones por parte del Ministerio de Trabajo como producto de una demanda laboral.

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