Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago del auxilio funerario por pensionado fallecido


Pago del auxilio funerario por pensionado fallecido
Actualizado: 2 septiembre, 2019 (hace 5 años)

La ley establece el pago de un auxilio funerario para aquellas personas que sufraguen los gastos de un pensionado o afiliado fallecido, a cargo de la administradora de pensiones. Conozca cuestiones referentes al procedimiento que debe gestarse para la solicitud de este auxilio.

A continuación, daremos respuesta a la inquietud planteada por un usuario: ¿Cómo opera el auxilio funerario por el fallecimiento de un pensionado por vejez o invalidez? ¿Quién debe asumir dicho pago?

Respecto al tema en cuestión, debe tenerse como primera medida que el artículo 86 de la Ley 100 de 1993 establece que aquella persona que compruebe haber sufragado los gastos exequiales de un afiliado o pensionado tiene derecho a que le sea reconocido un auxilio funerario, que en lo que refiere al tema que nos compete se pagará con base al valor de la última mesada pensional, sin que pueda el monto de dicho pago ser inferior a 5 salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv–, ni superior a 10 smmlv. Respecto a este punto, es importante precisar que el solicitante no debe tener ninguna clase vínculo consanguíneo o de afinidad con el fallecido; puede ser cualquier persona.

En el siguiente vídeo, Natalia Elena Jaimes Lúquez, abogada consultora en derecho laboral aborda la inquietud aquí planteada:

Así pues, se tiene que de forma general, quien proceda a la solicitud de este auxilio debe:

  • Acreditar el fallecimiento del pensionado, mediante la presentación del registro de defunción.
  • Presentar los recibos de pago expedidos por la funeraria, en los que pueda constatarse que efectivamente el solicitante sufragó los gastos de las exequias.

(Consulte nuestro editorial Trámite para reclamar auxilio funerario en Colpensiones, mediante el cual podrá conocer a cabalidad el procedimiento y los documentos que debe presentar para solicitar este auxilio ante Colpensiones).

Por último, se tiene que la solicitud debe efectuarse ante el fondo de pensiones del fallecido, quien, a su vez, debe asumir el pago debe asumir el pago de dicho auxilio.

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