Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pagos a seguridad social por contratista que subcontrata servicios


Actualizado: 28 mayo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Si una persona firma un contrato con una empresa para la ejecución de una obra y a su vez subcontrata personal para el desarrollo de la misma, a quién le corresponde la afiliación y pago a la seguridad social de las personas subcontradas?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que cuando un contratista subcontrata personal, este debe pagar la seguridad social, es decir, salud, pensión y ARL.

Ahora bien, es de anotar que si se trata del desarrollo de una obra, al beneficiario de la misma le corresponde verificar que el contratista que a la vez subcontrata, tiene efectivamente afiliado al personal a la seguridad social, porque si se llega a presentar por ejemplo un accidente de trabajo, la empresa beneficiaria de la obra deberá responder en forma solidaria con el contratista.

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