¿Qué pagos constituyen salario en una relación laboral?
La Dra. Natalia Jaimes menciona que, constituye salario lo consagrado en el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo, esto es:
“ARTICULO 127. ELEMENTOS INTEGRANTES. Modificado por el art. 14 de la Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente: Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.”
Es importante determinar si ciertos pagos constituyen o no salario, porque ello tiene incidencia en la liquidación de aportes en la seguridad social y adicionalmente en el cálculo de las prestaciones sociales.