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La nueva Ley de financiamiento 1943 de 2018 introdujo importantes modificaciones a diversas normas del ET que rigen el mecanismo de retención en la fuente a título de renta cuando se efectúen pagos o abonos a terceros por conceptos de rentas de trabajo.
La Ley de financiamiento 1943 de 2018 introdujo importantes modificaciones con relación al mecanismo de retención en la fuente. En lo que respecta a la retención en la fuente a título de renta por concepto de pagos o abonos en cuenta por rentas de trabajo, esta norma modificó la tabla de tarifas contempladas en el artículo 383 del ET.
Igualmente, se efectuaron cambios sustanciales con relación a la retención en la fuente a título de renta sobre dividendos gravados y no gravados que se distribuyan a las sociedades nacionales, a las personas naturales residentes, las sucursales de sociedades extranjeras, o las personas naturales y/o entidades no residentes. En tanto, se adicionó al ET el nuevo artículo 242-1 y se modificaron los artículos 242, 245 y 246 del mismo, estableciendo así las tarifas especiales para este tipo de retenciones.
Doris Gutiérrez Parra
Contadora Pública - Universidad Santiago de Cali, con especialización en Gerencia Tributaria – Universidad Icesi, con sólidos conocimientos en Impuestos de orden Nacional, Departamental y Municipal, manejo de personal, Atención al cliente interno y externo. Con más de 10 años de experiencia en la docencia universitaria: U. Icesi, U Libre, U. San Buenaventura y U. Santiago de CaliFecha de grabación: Enero 22 de 2019
Fecha de última actualización: Enero 25 de 2018
Duración: 1 hora 39 minutos
Conózca más sobre las cesantías
Conózca las fórmulas para Liquidación de las Cesantías
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Conózca más sobre la prima legal de servicios
Conózca las fórmulas para Liquidación de la Prima
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor de la liquidación
de las vacaciones de tus empleados.
Conózca más sobre las vacaciones
Conózca las fórmulas para Liquidación de Vacaciones
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor unitario de las horas nocturnas,
extra diurnas/nocturnas y dominicales/festivos de tus empleados.
Conózca más sobre las horas extra
Conózca las fórmulas para Liquidación de Horas extra
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor de la nómina mensual para un empleado del servicio doméstico contratado tiempo completo.
Conózca más sobre la nómina para el servicio doméstico
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- y las Normas de Aseguramiento de la Información -NAI- se hicieron públicas en Colombia con el permiso de la Fundación IFRS, por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en colaboración con el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia.
Para acceder a la traducción oficial de los estándares puede ingresar a los siguientes enlaces:
Traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera y sus interpretaciones.
Norma Internacional de Auditoría, Norma Internacional de Control de Calidad, Norma Internacional sobre Compromisos de Revisión, Norma Internacional para Compromisos de Aseguramiento, Norma Internacional sobre Servicios Relacionados o al Glosario de Términos del Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento.
*La consulta solo está disponible para usuarios registrados. Si es la primera vez que ingresa, haga clic en el botón “registrarme” y siga los pasos indicados.
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IPC | |
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(Ver tabla) | |
2019 | 3,80 % |
2018 | 3,18 % |
2017 | 4,09 % |
2016 | 5,75 % |
2015 | 6,77 % |
2014 | 3,66 % |
Tasa de Interés - Dian | |
Artículo 635 del ET (su inciso segundo fue modificado por el artículo 279 de la Ley 1819 de 2016) Tasa aplicable a las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian– |
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Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 25,29 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 26,04 % |
Interés Bancario Corriente - Superfinanciera | |
Consumo y Ordinario | |
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 18,19 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 18,69 % |
Microcrédito | |
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020 | 37,05 % |
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020 | 36,53 % |
Consumo bajo monto | |
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 | 34,18 % |
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 | 34,25 % |
Tasa de Usura - Superfinanciera | |
Consumo y Ordinario | |
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 27,29 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 28,04 % |
Microcrédito | |
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020 | 55,58 % |
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019 | 54,80 % |
Consumo bajo monto | |
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 | 51,27 % |
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 | 51,38 % |
Contribuyentes no obligados a declarar renta por el año gravable 2019 |
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La persona natural queda exonerada de presentar la declaración del impuesto sobre la renta si durante el año gravable 2019 no fue responsable de IVA y, además, cumple con la totalidad de los siguientes 6 requisitos: | ||||||||||||||||||||
Requisito | UVT $34.270 | Valor |
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Patrimonio bruto a diciembre 31 no exceda | 4.500 | $ 154.215.000 |
Ingresos brutos a diciembre 31 inferiores a | 1.400 | $ 47.978.000 |
Consumos con tarjeta de crédito no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
Compras y consumos totales del año no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
Consignaciones, depósitos, o inversiones no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
No deben ser responsables de IVA en el régimen común al cierre del año |
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