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Con ocasión del COVID-19, este año se ha estado caracterizado por la expedición de un cúmulo normativo tributario, del que una parte fue declarada inexequible, dejando efectos importantes que deben analizarse en detalle.
La propagación del COVID-19 puso en riesgo la salud de toda la población, razón por la que el Gobierno declaró la emergencia nacional y adoptó una serie de medidas para evitar los contagios, como lo fue el aislamiento preventivo obligatorio, que trajo dificultades financieras para las empresas en todos los sectores.
Por ello, también se decretaron medidas para apoyar a las empresas en dificultades, desde alivios tributarios hasta apoyos financieros para cumplir con sus obligaciones formales, lo que supuso un gasto público social más elevado.
Todas estas razones hicieron que el Gobierno expidiera un cúmulo normativo en materia tributaria, buscando ayudar a las empresas y evitar la disminución del recaudo fiscal. Sin embargo, una buena parte de esta normativa ha sido declarada inexequible por la corte constitucional, lo que ha traído efectos tributarios importantes para los contribuyentes, ya que muchas de estas normas se aplicaron a cabalidad antes de su inexequibilidad.
(En este punto podrás encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la Sesión de Actualización)
Juan Guillermo Pérez Hoyos
Contador Público y socio director de proyectos. Realizó un curso intensivo de derecho tributario internacional –CIDTI– impartido por la Universidad Austral de Buenos Aires. Cuenta con una maestría en derecho tributario y una especialización en auditoría externa y revisoría fiscal. Ha sido autor de guías de aspectos tributarios y contables de las entidades sin ánimo de lucro (Cámara de Comercio de Bogotá; 2015, 2016 y 2017); y recibió el Premio Nacional al Mejor Trabajo de Investigación Contable en el año 2003.Fecha de grabación: Diciembre 14 de 2020
Fecha de última actualización: Diciembre 18 de 2020
Duración: 1 hora 18 minutos
Conózca más sobre las cesantías
Conózca las fórmulas para Liquidación de las Cesantías
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Conózca más sobre la prima legal de servicios
Conózca las fórmulas para Liquidación de la Prima
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor de la liquidación
de las vacaciones de tus empleados.
Conózca más sobre las vacaciones
Conózca las fórmulas para Liquidación de Vacaciones
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor unitario de las horas nocturnas,
extra diurnas/nocturnas y dominicales/festivos de tus empleados.
Conózca más sobre las horas extra
Conózca las fórmulas para Liquidación de Horas extra
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor de la nómina mensual para un empleado del servicio doméstico contratado tiempo completo.
Conózca más sobre la nómina para el servicio doméstico
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- y las Normas de Aseguramiento de la Información -NAI- se hicieron públicas en Colombia con el permiso de la Fundación IFRS, por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en colaboración con el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia.
Para acceder a la traducción oficial de los estándares puede ingresar a los siguientes enlaces:
Traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera y sus interpretaciones.
Norma Internacional de Auditoría, Norma Internacional de Control de Calidad, Norma Internacional sobre Compromisos de Revisión, Norma Internacional para Compromisos de Aseguramiento, Norma Internacional sobre Servicios Relacionados o al Glosario de Términos del Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento.
*La consulta solo está disponible para usuarios registrados. Si es la primera vez que ingresa, haga clic en el botón “registrarme” y siga los pasos indicados.
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IPC | |
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(Ver tabla) | |
2019 | 3,80 % |
2018 | 3,18 % |
2017 | 4,09 % |
2016 | 5,75 % |
2015 | 6,77 % |
2014 | 3,66 % |
Tasa de Interés - Dian | |
Artículo 635 del ET (su inciso segundo fue modificado por el artículo 279 de la Ley 1819 de 2016) Tasa aplicable a las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian– |
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Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 25,29 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 26,04 % |
Interés Bancario Corriente - Superfinanciera | |
Consumo y Ordinario | |
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 18,19 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 18,69 % |
Microcrédito | |
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020 | 37,05 % |
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020 | 36,53 % |
Consumo bajo monto | |
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 | 34,18 % |
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 | 34,25 % |
Tasa de Usura - Superfinanciera | |
Consumo y Ordinario | |
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 27,29 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 28,04 % |
Microcrédito | |
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020 | 55,58 % |
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019 | 54,80 % |
Consumo bajo monto | |
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 | 51,27 % |
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 | 51,38 % |
Contribuyentes no obligados a declarar renta por el año gravable 2019 |
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La persona natural queda exonerada de presentar la declaración del impuesto sobre la renta si durante el año gravable 2019 no fue responsable de IVA y, además, cumple con la totalidad de los siguientes 6 requisitos: | ||||||||||||||||||||
Requisito | UVT $34.270 | Valor |
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Patrimonio bruto a diciembre 31 no exceda | 4.500 | $ 154.215.000 |
Ingresos brutos a diciembre 31 inferiores a | 1.400 | $ 47.978.000 |
Consumos con tarjeta de crédito no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
Compras y consumos totales del año no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
Consignaciones, depósitos, o inversiones no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
No deben ser responsables de IVA en el régimen común al cierre del año |
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