Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Para febrero tasa de usura en Colombia será de 28.59 %


Actualizado: 31 enero, 2020 (hace 4 años)

La Superintendencia Financiera de Colombia expidió la resolución por medio de la cual certifica el interés bancario corriente para el mes de febrero.

De esta manera se certifica el interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19.06 %, lo cual representa un aumento de 29 puntos básicos (0.29 %) en relación con la anterior certificación (18.77 %).

En atención a lo dispuesto, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el interés bancario corriente, es decir, el 28.59 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Por su parte, para los efectos de la norma sobre usura, puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 28.59 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 43 puntos básicos (0.43 %) con respecto al periodo anterior (28.16 %).

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