Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Para que exista verdadera ruptura contractual, renuncia del empleado debe ser un acto voluntario


Para que exista verdadera ruptura contractual, renuncia del empleado debe ser un acto voluntario
Actualizado: 5 noviembre, 2013 (hace 10 años)

Si no se quiere confundir con fraccionamiento de contrato no deben existir presiones con el empleado. Cuando sobre la persona hay error, fuerza y dolo, el consentimiento de un empleado queda viciado para cualquier expresión que manifieste como una carta de renuncia, firma de contrato o celebración de escritura pública.

Analicemos el siguiente caso. Un empleado que se liquida con un contrato a término indefinido (25 de agosto de 2013) por renuncia voluntaria y vuelve a ingresar el 2 de octubre de 2013. La empresa decide cambiar el tipo de contrato por uno a término fijo. ¿Es procedente esta decisión?

En este caso, lo primero que se tiene que decir es que para que exista una verdadera ruptura y el día de mañana no se vaya a confundir con un posible fraccionamiento de contrato, esa renuncia debe ser un acto voluntario, libre, sin presiones, sin vicios en el consentimiento.

Y hay que acordarse que el consentimiento puede quedar viciado, conforme al Código Civil que aplica en la legislación colombiana, cuando sobre la persona existe el error, fuerza y dolo; en ese caso el consentimiento de una persona queda viciado para cualquier expresión que este manifieste, llámese una carta de renuncia, firma de contrato, celebración de escritura pública.

Si hablamos de una verdadera renuncia del trabajador, pero por algún motivo se arrepiente, y en este caso son 37 días, estamos hablando de una verdadera renuncia y no fraccionamiento, en este nuevo contrato existe la libertad absoluta para que las partes decidan en qué término quieren celebrar la nueva relación laboral.

El único riesgo que existe es que haya sido el empleador quien haya forzado la ruptura, presionando al trabajador para que este renunciara, fraccionarle la relación laboral, para un par de días después volverse a hacer un nuevo contrato pero en condiciones no tan favorables.

Esto sucede en muchas empresas que en diciembre a todos los trabajadores les terminan el contrato, les hacen firmar carta de renuncia, les pagan todo, para volverlos a contratar el 15 de enero para que sigan haciendo lo mismo. Lo anterior sí es un fraccionamiento y tiene consecuencias legales.

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