Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Partes vinculadas – NIA 550 (Parte 3) – Carlos Humberto Sastoque


En esta capsula de NIA se analizará la norma 550 con la cual se abordan las denominadas partes vinculadas. En esta tercera parte se analizan las respuestas a los riesgos de incorrección, la identificación de las partes y las transacciones significativas.

Respuestas del auditor a los riesgos valorados de incorrección material

De acuerdo con lo indicado en la NIA 330 de Respuestas del auditor a los riesgos valorados, él “debe diseñar y aplicar procedimientos de auditoría posteriores con el fin de obtener evidencia” válida y suficiente “sobre los riesgos valorados de incorrección material asociados a las relaciones y transacciones con partes vinculadas”.

Esto significa que el auditor debe utilizar todos los recursos posibles para tener certeza de que ha detectado los riesgos de incorrecciones importantes originados en las transacciones con las empresas del mismo grupo económico (matriz, subsidiarias, filiales, sucursales, etc.) y que ha hecho la valoración justa de los mismos.

Relaciones o transacciones con partes vinculadas no identificadas previamente

Es posible que el auditor halle acuerdos o datos que lo lleven a pensar en que hay “relaciones o transacciones con partes vinculadas que la dirección no haya identificado o no le haya revelado previamente”. En este caso es necesario que el auditor determine si sus hallazgos y las circunstancias que se presentaron alrededor de ellos le permiten tener certeza de que sí ha habido ese tipo de relaciones o transacciones con las partes vinculadas. Inmediatamente deberá comunicarles la información respectiva a los integrantes de su equipo de trabajo.

Si el correspondiente marco de información financiera aplicable a la empresa auditada incluye requerimientos sobre las relaciones y transacciones con partes vinculadas:

“(…) pedirá a la dirección que identifique todas las transacciones realizadas con las nuevas partes vinculadas identificadas para su posterior evaluación por el auditor” e “indagará sobre el motivo por el que los controles de la entidad sobre las relaciones y transacciones con partes vinculadas no permitieron identificar o revelar las relaciones o transacciones con las partes vinculadas”

Complementariamente deberá aplicar los necesarios procedimientos sustantivos sobre estas transacciones y examinará los indicios de que puedan existir otras empresas del grupo (matriz, filiales, subsidiarias, sucursales, etc.) no identificadas previamente por la dirección de la empresa auditada o que los directores no le hayan revelado para sobre ellas también aplicar los procedimientos de auditoría adecuados.

Además, “si la falta de revelación de información por parte de la dirección pareciera intencionada (y, por consiguiente, indicativa de un riesgo de incorrección material debida a fraude), evaluará las implicaciones para la auditoría”. Y, por supuesto, que también sobre los estados financieros y las revelaciones correspondientes (notas a los estados financieros).

Transacciones significativas identificadas realizadas con partes vinculadas y ajenas

Cuando el auditor encuentre transacciones importantes con partes vinculadas que no correspondan al giro normal de operaciones, deberá averiguar si hay contratos o acuerdos que tengan que ver con ellas y, luego de hacer adecuada inspección sobre esto, evaluará si “el fundamento empresarial de las transacciones (o su falta) sugiere que pueden haberse realizado con el fin de proporcionar información financiera fraudulenta, o de ocultar una apropiación indebida de activos” y si los hallazgos sobre estas transacciones están o no de acuerdo con las explicaciones dadas por los directores de la empresa.

También deberá verificar que estas transacciones se contabilizaron adecuadamente y si “se han revelado de conformidad con el marco de información financiera aplicable” y si fueron debidamente autorizadas y aprobadas.

*Los textos en letra cursiva y entre comillas han sido tomados fielmente de la NIA 550.

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Carlos Humberto Sastoque

Contador Público; coautor de los libros ‘Iniciación a las NIIF’ y ‘Valor Agregado de la Revisoría Fiscal’.

De igual manera, ha ocupado los siguientes cargos: Asesor del Consejo Técnico de la Contaduría y de la Junta Central de Contadores, miembro de la Junta Central de Contadores, Director Ejecutivo del Colegio de Contadores Públicos de Colombia, Vicepresidente Técnico de la Confederación Iberoamericana de Contadores Públicos; Director Ejecutivo y Secretario General de la Confederación de Asociaciones de Contadores Públicos de Colombia, CONFECOP.

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