Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Participación de Pymes en deducciones y descuentos por inversiones en investigación y desarrollo tecnológico


Actualizado: 3 mayo, 2019 (hace 5 años)

Mediante el Decreto 705 de 2019 el Ministerio de Hacienda establece que el 15 % del monto máximo total de la deducción prevista en el artículo 158-1 y el descuento establecido en el artículo 526 del ET se invertirá en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación en pequeñas y medianas empresas.

Cabe resaltar que el porcentaje específico para ser destinado a proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación se define teniendo en cuenta la evolución histórica del cupo utilizado por la Pymes en el monto máximo total de la deducción y del descuento fijado anualmente por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios, así como del crecimiento esperado en el cupo utilizado por la pymes como resultado de la implementación de un estrategia de sensibilización y divulgación de los beneficios tributarios, previstos en el parágrafo 1 del artículo 158-1 y el artículo 256 del ET, respectivamente.

Por lo anterior, mediante el Decreto 705 de 2019 se modifica el Decreto 1625 de 2016 único reglamentario en materia tributaria, estableciéndose que el porcentaje de participación de las pequeñas y medianas empresas –pymes– en el monto máximo total de la deducción y el descuento será del 15 %.

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