Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Participación en el sindicato de trabajadores en misión en empresa usuaria


Actualizado: 19 marzo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta 

Teniendo en cuenta que los trabajadores de una empresa de servicios temporales son dependientes de ella y no de las empresas en las cuales prestan su servicio, ¿pueden estos trabajadores formar sindicato en la empresa temporal a la que pertenecen?  

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que las empresas de servicios temporales manejan dos tipos de trabajadores: los trabajadores de planta y los trabajadores en misión. Los primeros, son los encargados de realizar directamente las funciones operativas de las empresas de servicios temporales, y los segundos, son aquellos que son enviados a prestar los servicios requeridos por las empresas usuarias o beneficiaras. En este tipo de vinculaciones se debe tener muy presente que el plazo máximo de contratación de los trabajadores en misión no puede exceder el año, pues, de lo contrario, la empresa de servicios temporales podría verse expuesta a sanciones laborales.

Ahora bien, es importante entender que los trabajadores en misión, por no ser trabajadores directos de la empresa usuaria, no gozan del derecho pertenecer al sindicato.

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