Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pensión de invalidez no depende del tiempo sino del porcentaje definitivo de pérdida laboral


Pensión de invalidez no depende del tiempo sino del porcentaje definitivo de pérdida laboral
Actualizado: 18 marzo, 2014 (hace 10 años)

El hecho que una persona lleve un año incapacitada no significa que tenga derecho a contar con una pensión de invalidez. Si después de un accidente se determina que el trabajador está por debajo del 50% de capacidad laborar lo pueden reintegrar.

Brevemente veamos el siguiente caso. Es verdad que después de estar incapacitado por más de un año seguido, ¿se tiene derecho a una pensión adelantada? ¿Qué ley la rige?

Aquí hay un error. El hecho que yo tenga un año incapacitado no significa que pase a tener derecho a tener una pensión de invalidez. Esta no se da por el tiempo de incapacidad sino por el porcentaje definitivo de pérdida laboral que tenga en el cuerpo, salud y mente.

Por ejemplo, si yo tengo un accidente, me quiebro las dos piernas, seguramente será una incapacidad muy larga, un año y medio, pero en ese tiempo no me van a dar la pensión de invalidez porque los médicos van a dictaminar que tengo recuperación, simplemente estoy en un periodo de recuperación que necesita muchos meses.

Ahora, puede ser que ellos esperen un año y medio, y me paguen durante ese tiempo para determinar si quedé por debajo del 50%. Si se está por debajo de ese porcentaje me reintegran.

Otro ejemplo. Si hoy tengo un accidente y pierdo mis piernas, brazos y parte de la visión, los médicos pueden decir que tengo un grado permanente de discapacidad superior al 50%, y en cuestión de un par de semanas deberían declararme como pensionado por invalidez.

En conclusión no depende del tiempo sino del porcentaje definitivo lo que determina pasar a ser pensionado por invalidez.

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