Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pensiones de alto riesgo, su esquema normativo va hasta el 2024


Pensiones de alto riesgo, su esquema normativo va hasta el 2024
Actualizado: 2 noviembre, 2015 (hace 8 años)

Por expresa disposición legal, los trabajadores que realizan actividades de alto riesgo en las cuales su desempeño implique disminución de vida saludable, o necesidad de  temprano retiro, tienen derecho a pensión especial.

Según los términos del Decreto ley 2090 del 2003 tales actividades son las relacionadas con trabajos de minería, labores en sitios de altas temperaturas, los relativos a la exposición de radiaciones ionizantes, manipulación de sustancias cancerígenas, técnicos aeronáuticos de control aéreo, cuerpo de bomberos, y labores de custodia y vigilancia de reclusos en las cárceles del país.

En estos casos el trabajador debe haber cotizado como mínimo 1.000 semanas, 700 de las cuales deben haberse pagado como fruto de las actividades determinadas en el párrafo anterior. Igualmente, acreditar el cumplimiento de la edad que en este caso es de 55 años.

Según el artículo 8 del Decreto 2090 del 2003 el Régimen de Pensiones Especiales solo cubriría a los trabajadores vinculados hasta el pasado 31 de diciembre del 2014, empero lo anterior, mediante el artículo 1 del Decreto 2655 del 2014 fue ampliada la vigencia del Régimen de Pensiones Especiales hasta el 31 de diciembre del 2024.

Recientemente, la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-651 de octubre 14 del 2015 se ocupó del tema, declarando exequible, es decir ajustando a la Constitución el artículo 8 del Decreto ley 2090 del 2003, y concluyó que este sigue vigente y produciendo sus efectos. También precisó la Corte, que el Decreto administrativo 2655 del 2014 lo que hizo fue activar una condición para que el primero conservara su vigencia, sin reemplazar o reformar las pensiones de alto riesgo.

La demanda no prosperó por cuanto el Decreto 2090 del 2003 no establece autónomamente un régimen especial de pensiones, sino un conjunto de normas para el régimen de prima media con prestación definida en el Sistema General de Pensiones. Asimismo, la Corte Constitucional negó la demanda al considerar que la Constitución no previó la desaparición inmediata o diferida de las pensiones de vejez parea actividades de alto riesgo.

En conclusión, para fortunio de todos los trabajadores que realizan actividades de alto riesgo, la honorable Corte Constitucional dejó a salvo su esquema normativo de pensiones hasta el próximo 31 de diciembre del 2024.

Juan Pablo Cardona González
Abogado, especialista en Derecho Procesal Civil.
Dedicado al ejercicio del derecho de policía.
juanpcardonag@gmail.com

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