Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pequeñas empresas acogidas a Ley 1429 y sujetas al CREE siguen conservando beneficios


Pequeñas empresas acogidas a Ley 1429 y sujetas al CREE siguen conservando beneficios
Actualizado: 23 septiembre, 2013 (hace 11 años)

Cuando una pequeña empresa le esté pagando a sus trabajadores, que devenguen menos de 10 salarios mínimos, se ahorrará el 100% del SENA e ICBF. Pero el aporte a caja de compensación lo sigue haciendo con la tarifa reducida, diferente de las empresas que no tienen nada que ver con la Ley 1429 que lo hacen de forma plena.

Analicemos la siguiente inquietud. Las sociedades acogidas a los beneficios de la Ley 1429, y que también quedan sujetas el CREE ¿Sí pueden seguir disfrutando del no pago de aportes al SENA e ICBF sobre los trabajadores que devenguen más de 10 salarios?

Hay que entender que si es un ente jurídico, sociedad, acogida a la Ley 1429 se le combinan las dos cosas. Tiene los beneficios del art. 5 de la Ley 1429 de 2010 donde se afirma que los pagos al SENA, ICBF y Cajas de Compensación se hacen con unas tarifas reducidas progresivas. Pero como es una sociedad también quedó sujeta al CREE, y aquí sobre trabajadores que el monto total devengado en el mes no se haya pasado de 10 salarios mínimos, sí tiene que hacer los aportes a pensión y cajas de compensación.

Entonces, ¿la pequeña empresa sobre qué escenario queda?

Si es pequeña empresa sociedad cuando le esté pagando a sus trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos, se ahorran el 100% del SENA e ICBF. Pero el aporte a caja de compensación lo sigue haciendo con la tarifa reducida, diferente de las empresas que no tienen nada que ver con la Ley 1429 que lo hacen de forma plena.

Y si la pequeña empresa le paga a trabajadores que en el mes devenguen más de 10 salarios mínimos, ¿cómo es la situación?

A pesar que ese trabajador devengó más de 10 salarios mínimos no le tiene que pagar el SENA, ICBF ni la caja de compensación, o los puede pagar en forma progresiva según el año que estén.

Lo anterior quiere decir que esas pequeñas empresas de la Ley 1429 siguen conservando esos beneficios particulares que da esta ley.

Sobre los que quedaron sujetos al CREE y son exonerados de pagar el aporte al SENA e ICBF y luego en enero en 2014 el aporte del empleador a la EPS, esas exoneraciones se hacen sobre el trabajador que el total devengado en el mes sea menor a 10 salarios mínimos. Lo anterior fue reglamentado el art. 7 del Decreto 1828 de 2013.

Lo que importa es el total devengado. Por ejemplo, si tengo un trabajador al que le pago salario integral entonces él devenga más de 10 salarios mínimos, sobre él no se puede usar la exoneración del aporte al SENA e ICBF. Y en el momento de pagarlo se paga solo sobre el 70%, que es la parte que genera los aportes en un salario integral.

Material Relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,