Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pérdida de la pensión de sobrevivientes por la firma de un contrato de aprendizaje


Actualizado: 17 junio, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Se pierde el derecho a recibir la pensión de sobrevivientes por aquellas personas vinculadas a una empresa mediante un contrato de aprendizaje?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral explica que las empresas, de acuerdo con el número trabajadores que tengan, les asiste, entre otras obligaciones, la de vincular personal mediante un contrato de aprendizaje, situación que implica tener que pagar al aprendiz una cuota de sostenimiento, y además afiliarlo a salud y a la ARL, dependiendo de la fase de estudio en la que se encuentre. Sin embargo, si una empresa por alguna circunstancia no quiere contratar aprendices, tiene la opción de monetizar, es decir, cancelar un determinado valor.

Vale la pena resaltar que por el simple hecho de que un aprendiz reciba una cuota de sostenimiento con ocasión a la firma de un contrato de aprendizaje, que en ninguno de los casos podrá configurarse como salario, se pierde el derecho a recibir la pensión de sobrevientas adquirida por cumplirse los requisitos que señala el artículo 46 de la Ley 100 de 1933.

 

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