La finalidad principal de las NIIF es mostrar con la mayor fiabilidad posible la información financiera de una entidad y, en ese contexto, cualquier pérdida sin discriminación de su origen debe reconocerse en el período en el que ocurre.
Respondamos brevemente a la siguiente consulta de uno de nuestros usuarios: Una entidad fabricaba un producto que por disposición del Invima debe ser retirado del mercado. ¿La pérdida proveniente de las existencias actuales se puede diferir en varios períodos?
Nunca una entidad podrá diferir pérdidas; en normas internacionales se busca transparencia; que la entidad muestre su realidad financiera y en ese sentido nunca se podrán guardar pérdidas para después cruzarlas con utilidades futuras, eso no es válido en norma internacional.
En este caso, la decisión de Invima genera impactos en varios aspectos; inventarios, costo de marca comprada, maquinaria para producción exclusiva, materia prima, etc., bajo este panorama, y de acuerdo con la NIIF para pymes:
Como puede verse, todos los impactos financieros económicos que se deriven de la imposibilidad de comercializar un producto, como este caso particular, deben reconocerse con impacto directo en el estado de resultados del período, el mismo día en que el Invima ordena la salida del producto del mjercado y en ningún caso será posible diferir los efectos generados.
Adicionalmente, debe tener en cuenta que si existe la posibilidad de que los clientes puedan devolver inventario que ya fue vendido, debe estimar un pasivo –provisión–, para atender la reclamación de los clientes, y en el caso en que sea la empresa la que deba asumir el costo de la destrucción del producto, este también se reconocerá como gasto del período.